
El principio de legalidad individual (o tipicidad) es un pilar del Derecho Penal que garantiza que solo puedes ser sancionado si tu conducta encaja exactamente en lo que la ley describe como delito.
Su esencia se resume en el aforismo latino Nullum crimen, nulla poena sine lege (no hay crimen ni pena sin ley previa).
4 Garantías fundamentales que lo componen:
1. Garantía Criminal: Solo es delito lo que la ley escrita y previa declare como tal (prohíbe la analogía en contra del reo).
2. Garantía Penal: La sanción debe estar fijada por la ley antes del hecho.
3. Garantía Jurisdiccional: La condena solo puede venir de un juez o tribunal competente.
4. Garantía de Ejecución: La pena debe cumplirse en las condiciones que fija la ley.
3 Claves para entenderlo:
· Exigencia de certeza (lex certa): La ley debe ser clara, no ambigua. El juez no puede "interpretar" para crear nuevos delitos.
· Prohibición de retroactividad: Salvo que sea para favorecer al reo (retroactividad benigna), la ley no aplica a hechos anteriores.
· Límite al poder: Actúa como freno al ius puniendi del Estado. Lo que no está prohibido, está permitido.
Ejemplo práctico: Si conduces a 150 km/h en una vía de 120, pero la ley solo menciona "exceso de velocidad grave" a partir de 151 km/h, no hay delito. El juez no puede condenarte aunque moralmente sea peligroso, porque la conducta no encaja exactamente en la ley.
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